En México, dos dictámenes protegerían a periodistas

Nueva York, 20 de abril del 2006—El Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés) aplaude la aprobación el martes de un dictamen que eliminaría la difamación, injuria y calumnia del código penal federal por parte de la Cámara de Diputados mexicana. El CPJ celebra igualmente la aprobación por parte de la Cámara de una medida que permite a los periodistas mantener bajo reserva información sobre sus fuentes ante las autoridades.

Según los diputados, quienes aprobaron de manera abrumadora las reformas, éstas son fundamentales para la democracia y la libertad de expresión. El vocero presidencial Rubén Aguilar congratuló el miércoles las decisiones, describiendo al dictamen para la despenalización como una medida importante para fortalecer el ejercicio de la labor periodística, informó El Universal.

Al despenalizar los “delitos de prensa”, la difamación, calumnia e injuria dejarían de ser consideradas materia de carácter penal bajo la ley federal. Los artículos 350 a 363 del Código Penal Federal serían derogados, y los periodistas no podrían ser sentenciados a prisión. La reforma convierte la difamación, calumnia e injuria en materia de carácter civil bajo los artículos 1916 y 1916 bis del Código Civil Federal, para las cuales se aplicarían sanciones civiles.

El dictamen se turnó al Senado y, si aprobado, necesitará la firma del presidente. El Presidente Fox, quien deberá abandonar su cargo en diciembre, apoya la medida.

Sin embargo, aún si se convierte en ley, esta medida no ofrece protección completa ante demandas por difamación criminal. Los delitos de prensa permanecen en los códigos penales de los estados, aunque según Aguilar, el presidente ha incitado a los congresos estatales a seguir el ejemplo. El estado de Chiapas ya está considerando tal paso.

La segunda medida otorga a los periodistas el derecho a no revelar ante las autoridades información que podría delatar la identidad de una fuente. El dictamen, que ofrece una protección similar a abogados, consultores médicos y ministros de culto, protegería grabaciones, registros telefónicos, apuntes, archivos y otros documentos. Esta reforma pide conformidad por parte de funcionarios públicos, quienes de lo contrario podrán recibir sanciones de hasta 10 años de prisión

La medida para la protección del “secreto profesional” ha sido aprobada por ambas cámaras del congreso y espera la firma de Fox para convertirse en ley. Fox parece favorecer el dictamen.

“Elogiamos la aprobación de estos dictámenes, ambos pasos importantes para avanzar la libertad de expresión en México”, señaló la Directora Ejecutiva del CPJ Ann Cooper. “Instamos el Presidente Fox y el congreso a tomar los pasos necesarios para convertir estas reformas en leyes’.

Aunque el encarcelamiento por delitos de prensa ha sido prácticamente eliminado en América Latina, los procesos penales por difamación siguen siendo habituales. En agosto del 2004, la Corte Interamericana de Derechos Humanos anunció un fallo por el cual se revocó la condena al periodista costarricense Mauricio Herrera Ulloa, reportero del diario La Nación de San José condenado por difamación. El tribunal radicado en Costa Rica dictaminó que la sentencia violó el derecho de Herrera Ulloa a la libertad de expresión y le ordenó a Costa Rica a pagarle al periodista dinero en concepto de daños y perjuicios. El presidente de la Corte Interamericana, el juez Sergio García Ramírez, redactó una opinión concurrente en la cual cuestionó la criminalización de la difamación y sugirió que dichas leyes deberían derogarse.