Nueva York, 10 de junio de 2010—El Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés) condena la sentencia a un año de prisión por el delito de difamación dictada el miércoles contra del periodista de radio Oswaldo Pereyra Moreno, en San Lorenzo, norte del Perú, según informes de prensa local y entrevistas del CPJ.
La acusación en contra de Pereyra, presentador del programa “Hora 13” en Radio Macarena, surgió a partir de un informe emitido en septiembre de 2009 sobre un aborto ilegal que habría sido practicado a una joven de 14 años no identificada en una botica local, aseguró el reportero al CPJ. La historia fue también publicada por el periódico La Región de Iquitos, afirmó la redactora del diario, María Isabel Pérez, al CPJ. El periódico no ha sido demandado.
Un juez local consideró que Pereyra había dañado la reputación de José Montenegro, padrastro de la joven y quien fuera mencionado en el informe, y sentenció al reportero a un año de prisión junto al pago de una multa de 10.000 soles (3,500 dólares estadounidenses), aseguró el fiscal Yrving Vázquez al CPJ. Pereyra está detenido en la estación de policía de San Lorenzo, y será transferido a un centro de detención en Iquitos la semana próxima, dijo Vázquez. Pereyra indicó al CPJ que apelará la condena ante un tribunal superior.
“Instamos a las autoridades judiciales peruanas a revertir la condena de Pereyra durante la apelación,” afirmó Carlos Lauría, Coordinador Senior del Programa de las Américas del CPJ. “Las autoridades peruanas deben implementar de inmediato reformas que eliminen estas disposiciones arcaicas sobre difamación que contradicen estándares internacionales en materia de libertad de expresión.”
Pereyra es el segundo periodistas encarcelado por difamación en Perú este año, según la investigación del CPJ. El 14 de enero, una corte local sentenció a Alejandro Carrascal Carrasco, editor del semanario Nor Oriente en la ciudad amazónica de Bagua, a un año de prisión por una serie de artículos que escribió en 2005 sobre supuesta corrupción en un instituto de educación local.
Existe un consenso creciente en América Latina que sostiene que las sanciones civiles proporcionan una reparación adecuada en casos de supuesta difamación. En diciembre de 2009, la Corte Suprema de Costa Rica eliminó la condena de prisión para los casos de difamación. Un mes antes, en noviembre de 2009, el congreso argentino derogó las disposiciones sobre difamación contenidas en el código penal. Y, en abril de 2009, el Supremo Tribunal Federal de Brasil anuló la Ley de Prensa de 1967, una norma que imponía duras penas para los delitos de calumnias e injurias.
Tribunales en Colombia, Chile y Costa Rica también emitieron fallos recientes que concuerdan con el consenso regional contra la difamación.