Agentes policiales caminan cerca del Capitolio Nacional el 15 de noviembre de 2021, en La Habana, Cuba. Un anteproyecto de ley de Código Penal pone en riesgo el financiamiento del periodismo independiente en Cuba. (AFP/Yamil Lage)

Proyecto de reforma del Código Penal pudiera tener “efecto catastrófico” sobre el periodismo independiente en Cuba

Miami, 1 de febrero de 2022 – La Asamblea Nacional de Cuba debe rechazar un proyecto  de reforma del Código Penal que tipificaría como delito el financiamiento de periodistas y medios informativos, declaró este martes el Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés).

El 20 de enero, el Tribunal Supremo de Cuba presentó un proyecto de ley que modificará el Código Penal y prohibirá a los ciudadanos cubanos recibir fondos extranjeros, una medida que las autoridades pudieran emplear para silenciar a los periodistas y medios informativos independientes que dependen de este tipo de financiamiento para realizar sus actividades, según informaciones de prensa y declaraciones de Laritza Diversent, directora ejecutiva de Cubalex, organización cubana sin fines de lucro que brinda asistencia jurídica gratuita, quien habló con el CPJ por aplicación de mensajería.

“La modificación del Código Penal cubano que prohíbe a los cubanos recibir financiamiento extranjero pudiera tener efectos catastróficos sobre los periodistas y medios informativos de la isla”, declaró Ana Cristina Núñez, investigadora sénior del Programa de Latinoamérica y el Caribe del CPJ. “En un país donde los medios privados son ilegales y los periodistas no tienen la posibilidad de obtener financiamiento local, prohibir el financiamiento extranjero es una sentencia de muerte para el periodismo independiente”.

El Artículo 143 del proyecto de ley, al cual el CPJ tuvo acceso, sanciona a toda persona que, por sí o en representación de organizaciones no gubernamentales, instituciones de carácter internacional, formas asociativas o de cualquier persona natural o jurídica del país o de un Estado extranjero, apoye, fomente, financie, provea, reciba o tenga en su poder fondos, recursos materiales o financieros, “con el propósito de sufragar actividades contra el Estado y su orden constitucional”. Infringir el artículo es sancionable con una pena de hasta 10 años de privación de libertad.

“Nosotros dependemos del financiamiento extranjero para todo, y el régimen lo sabe perfectamente bien”, declaró al CPJ un representante de uno de los medios digitales independientes cubanos, quien solicitó el anonimato por motivos de seguridad. “Desde para el salario de nuestros reporteros locales, hasta pagar por nuestros equipos, hasta pagar por Internet; en realidad para todo”.

Se espera que el proyecto se someta a debate en abril, según Diversent. El CPJ se comunicó telefónicamente con el Tribunal Supremo de Cuba y con la Asamblea Nacional para obtener una declaración, pero nadie respondió las llamadas telefónicas.

“La figura es demasiado amplia y ambigua. Los términos no se definen, y esto se hace a propósito, para que se pueda aplicar a cualquiera en cualquier circunstancia”, expresó Diversent. “Los periodistas independientes y los defensores de los derechos humanos, la mayoría de los cuales dependen del apoyo extranjero como única fuente de financiamiento, son los más expuestos”.

El CPJ ha documentado varios casos en que las autoridades cubanas han censurado a periodistas y los han acusado de cometer delitos contra el Estado, en represalia por ejercer el periodismo.