Estimado Sr. Martínez:
El Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés) protesta enérgicamente la detención de la periodista mexicana Isabel Arvide, quien fue procesada penalmente por difamación el 23 de diciembre del 2002 por el Procurador General de Justicia del Estado de Chihuahua, Jesús Solís Silva.
Arvide, periodista y autora que reside en Ciudad de México y ha escrito numerosos artículos de denuncia sobre el narcotráfico, la corrupción y la violencia, así como la obra Muerte en Juárez, fue detenida alrededor de las cinco de la tarde del martes 4 de marzo, en la ciudad de Chihuahua. La comunicadora tiene que presentarse en esta ciudad cada quince días ante el Juez Segundo de lo Penal Octavio Rodríguez Gaytán, en relación con una demanda penal interpuesta contra ella en el 2002.
Según el hijo de Arvide, Bruno Cárcamo Arvide, la comunicadora no recibió notificación de la demanda interpuesta por Solís. Luego de comer en un restaurante y antes de salir en camino al aeropuerto, Arvide fue arrestada por unos 20 agentes de la policía estatal de Chihuahua.
Según Isabel Arvide, ella permaneció poco más de 24 horas aislada en una celda del Centro de Readaptación Social de Chihuahua antes de que le otorgaran la libertad provisional bajo fianza, fijada en 200 mil pesos mexicanos (20 mil dólares estadounidenses), cerca de las siete de la tarde del miércoles 5 de marzo. La periodista viajó luego a Ciudad de México. Hoy, viernes 7 de marzo, Arvide debe trasladarse a Chihuahua para presentarse ante los tribunales, donde le declararán el auto de formal prisión y la libertad bajo fianza. De conformidad con el Código Penal mexicano, Arvide pudiera ser sancionada con pena privativa de libertad de entre seis meses y dos años si es declarada culpable.
La demanda penal interpuesta por Solís deriva de un artículo de Arvide con fecha 2 de junio del 2001 que fue publicado en la página de Internet de la periodista, www.isabelarvide.com, y en la edición de Ciudad de México del diario Milenio. El artículo afirmaba que varios funcionarios del gobierno estatal, entre ellos Solís, y el empresario periodístico Osvaldo Rodríguez Borunda, habían formado un nuevo cartel de la droga en Chihuahua.
Esta no es la primera vez que Arvide es detenida por un proceso penal por difamación. El 16 de agosto del 2002, agentes de la policía estatal de Chihuahua arrestaron a Arvide luego de que Rodríguez Borunda, dueño de la empresa Editora Paso del Norte, editorial que publica El Diario de Chihuahua y El Diario de Juárez, interpusiera una demanda penal por difamación en relación con el artículo de junio del 2001. Rodríguez Borunda solicitó 50 millones de pesos (5 millones de dólares estadounidenses) como reparación por «daños morales». Arvide fue liberada 24 horas más tarde, después de pagar una fianza de 100 mil pesos (10 mil dólares estadounidenses). La periodista debe presentarse ante el juez Rodríguez Gaytán cada 15 días y firmar el libro del juzgado mientras su juicio continúa.
Arvide, quien necesita autorización judicial para salir del país, debe viajar frecuentemente a Chihuahua. Los gastos de viaje y elevados honorarios legales han agotado sus recursos y han dificultado su trabajo periodístico. En diciembre del 2002, el juez Rodríguez Gaytán rechazó un amparo que ella interpuso en agosto del 2002 contra la orden de aprehensión y el auto de formal prisión.
Arvide interpuso un recurso de revisión a finales de diciembre, y el 20 de febrero del 2003 un juez federal revocó el auto de formal prisión y le ordenó al juez Rodríguez Gaytán que revisara su fallo. El 4 de marzo, horas antes de su segundo arresto, a la periodista le informaron que el juez Rodríguez Gaytán había ratificado el auto de formal prisión. Arvide tiene previsto apelar la decisión.
La comunicadora teme que la puedan encarcelar en cualquier momento, puesto que la Procuraduría General de Justicia del Estado de Chihuahua ha solicitado que le revoquen la libertad provisional bajo fianza por su condición de reincidente.
El CPJ considera que los periodistas no deben ser procesados penalmente por su trabajo. Cada vez existe un mayor consenso internacional en el sentido de que las sanciones civiles constituyen reparación adecuada en los procesos por difamación. Además, como funcionario público, el Procurador General Solís debe tolerar el escrutinio público de sus actividades y sólo debe recurrir a los tribunales si puede demostrar que un periodista publicó a sabiendas noticias falsas con la intención de infligir daño. El hecho de que este último proceso penal por difamación contra Arvide haya sido iniciado por Solís no puede más que tener un efecto amedrentador en la difusión de información crítica de las autoridades estatales de Chihuahua.
Lo exhortamos a que haga todo lo que esté en su poder para asegurar que los periodistas puedan informar sin temor a ser objeto de procesos penales por difamación en Chihuahua.
Sinceramente,
Joel Simon
Director en funciones