Nueva York, 6 de enero del 2006 – El Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés) está alarmado por la decisión de la Corte Suprema de Justicia de Paraguay de ratificar la sentencia condenatoria por el delito de difamación contra Aldo Zuccolillo, director del diario paraguayo ABC Color.
El 28 de diciembre del 2005 la Corte Suprema ordenó a Zuccolillo a pagar una multa de 1300 millones de guaraníes (200 mil dólares estadounidenses), según informó el diario ABC Color de Asunción. Zuccolillo enfrenta en la actualidad 18 demandas penales por difamación por artículos publicados en los últimos años sobre corrupción oficial.
La sentencia marcó el fin de una batalla legal que se inició en diciembre de 1998 cuando Juan Carlos Galaverna, senador del gobernante Partido Colorado, presentó una demanda contra Zucolillo argumentando que el director del diario lo había difamado al publicar artículos que acusaban al legislador de corrupción, enriquecimiento ilícito y abuso del poder, según la prensa local. Zuccolillo fundó ABC Color en 1967. El diario fue cerrado en 1984 durante el gobierno militar y retomó su actividad en 1989, después de la caída del dictador Alfredo Stroessner.
“Es alarmante que un diario que se enfrentó a una dictadura militar sea acosado, en democracia, por un aluvión de procesos penales”, afirmó la Directora Ejecutiva del CPJ Ann Cooper. “Instamos a las autoridades paraguayas a detener el acoso contra ABC Color y eliminar de inmediato las leyes penales de difamación”.
Carlos Benítez, encargado de la sección judicial de ABC Color, indicó al CPJ que Zuccolillo fue condenado por primera vez a pagar una multa en abril del 2001. Desde entonces, ABC Color ha apelado dos veces sin éxito. El diario está planeando presentar el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en Washington, D.C. La CIDH, encargada de la protección de los derechos humanos en las Américas, tiene autoridad para referir casos a la Corte Interamericana de Derechos Humanos en Costa Rica, cuyas decisiones son vinculantes para los países que han aceptado su jurisdicción.
La decisión de la Corte Suprema de Justicia paraguaya parece contradecir un reciente fallo de la Corte Interamericana sobre difamación penal. En septiembre del 2004, en el caso del político paraguayo Ricardo Canese, la Corte Interamericana dictaminó que la sentencia de difamación violó el derecho internacional. La Corte encontró que tanto la sentencia como el proceso en sí mismo violaron el Artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ratificada por Paraguay, al ser una “limitación excesiva en una sociedad democrática”.
En un fallo de agosto del 2004 que revocó la sentencia de difamación contra el periodista costarricense Mauricio Herrera Ulloa, del diario La Nación de San José, la Corte Interamericana sostuvo que las críticas a funcionarios públicos deben tener “un margen de apertura a un debate amplio sobre temas de interés público”.