Su Excelencia:
El Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ,
por sus siglas en inglés) está alarmado por varios acontecimientos
en el ámbito legal que restringen la libertad de prensa en Venezuela.
El 2 de diciembre, la mayoría del partido de gobierno en la Asamblea
Nacional aprobó un proyecto de ley que incrementa las sanciones
por el delito de la difamación. Las reformas aprobadas a más
de 30 artículos del Código Penal amplían las categorías
de funcionarios gubernamentales protegidos por las normas de desacato,
que penalizan expresiones ofensivas dirigidas a funcionarios públicos
e instituciones del Estado. Además, las reformas aumentan de
modo drástico las sanciones penales para la difamación
y la injuria. En adelante, a las personas condenadas por difamación
e injuria no se les podrá aplicar medidas alternativas de ejecución
de la pena ni libertad condicional sino hasta que hayan cumplido la
cuarta parte de la pena de prisión impuesta y hayan pagado la
multa correspondiente.
El CPJ considera que tales reformas buscan suprimir la crítica
y fueron aprobadas precipitadamente y sin un debate adecuado. Asimismo,
las reformas desconocen otras iniciativas para actualizar el Código
Penal entre ellas un proyecto de ley redactado por magistrados
del Tribunal Supremo de Justicia y otro proyecto elaborado por una comisión
parlamentaria mixta que se tramitan en la Asamblea Nacional. Se
esperaba que el bloque parlamentario oficialista aprobara formalmente
las reformas ayer, 14 de diciembre, pero la sanción definitiva
se pospuso para el inicio del próximo período legislativo
en enero del 2005.
El CPJ también está perturbado por la Ley de Responsabilidad
Social en Radio y Televisión, aprobada el 7 de diciembre en la
Asamblea Nacional, promulgada inmediatamente por Su Excelencia, y vigente
desde el 9 de diciembre. La polémica ley, redactada por la Comisión
Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), fue sometida a la consideración
del legislativo en enero del 2003 a pedido de legisladores oficialistas.
Si bien su gobierno ha reiterado que la ley es necesaria para "establecer
la responsabilidad social" de los medios audiovisuales, consideramos
que el lenguaje impreciso de la ley pudiera ser utilizado para silenciar
a los medios privados e imponer la censura.
Aunque los legisladores eliminaron algunas de las disposiciones más
onerosas en el 2003, la ley aún contiene restricciones en términos
vagos que pudieran afectar el derecho a la libertad de expresión
y es excesivamente punitiva. Por ejemplo, en virtud del Artículo
29 los prestadores de servicios de radio y televisión que difundan
mensajes que "promuevan, hagan apología o inciten a alteraciones
del orden público" o "sean contrarios a la seguridad de la Nación"
pueden ser suspendidos hasta por 72 horas continuas. Si un medio reincide
en estas infracciones en los cinco años siguientes, se le podrá
revocar la concesión de frecuencia hasta por cinco años.
Por otra parte, el Artículo 7 de la ley permite la transmisión
de "descripciones gráficas o imágenes de violencia real"
entre las 5 de la mañana y las 11 de la noche solamente si se
trata de mensajes difundidos en vivo y directo y si ello es "indispensable"
para la comprensión de la información o consecuencia de
situaciones imprevistas. Ya ha trascendido que los canales de televisión
locales se han abstenido de mostrar imágenes de los violentos
disturbios ocurridos la semana pasada en Caracas, por temor a infringir
la ley.
Vistas en conjunto, estas iniciativas legislativas tienen el potencial
de crear un ambiente en el que el temor a represalias del gobierno puede
provocar la autocensura. Si bien los medios venezolanos hasta ahora
han podido ejercer ampliamente la crítica al gobierno, las nuevas
iniciativas incrementan las sanciones penales para este tipo de cobertura
informativa. También creemos que las reformas penales son incompatibles
con normas ampliamente aceptadas en materia de libertad de expresión,
incluyendo recientes opiniones jurídicas de la Corte Interamericana
de Derechos Humanos que indican claramente que las sanciones penales
aplicadas a la difamación son una restricción innecesaria
a la libertad de expresión y deben ser abolidas.
Lo exhortamos a apoyar la derogación de las normas penales relativas
a la difamación y el desacato. En cuanto a la Ley de Responsabilidad
Social en Radio y Televisión, lo instamos a que considere respaldar
nuevas iniciativas legislativas que permitan mantener el amplio debate
que ha caracterizado a la prensa venezolana hasta el momento.
Le agradecemos la atención dispensada a este asunto.
Sinceramente,
Ann Cooper
Directora Ejecutiva