La sede de la Cámara de Representantes colombiana, en Bogotá, en imagen captada el 10 de junio de 2019. Este órgano recientemente aprobó un proyecto de ley anticorrupción que amenaza la libertad de prensa. (AFP/Juan Barreto)

Órgano legislativo colombiano aprueba proyecto de ley anticorrupción que amenaza la libertad de prensa

Miami, 10 de diciembre de 2021 – El presidente colombiano Iván Duque debe objetar parcialmente el proyecto de ley anticorrupción de reciente aprobación en la Cámara de Representantes, pues amenaza la libertad de prensa, declaró hoy el Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés).

El 6 de diciembre, la Cámara de Representantes aprobó el Proyecto de Ley 369, el “proyecto de ley anticorrupción”, el cual contiene un artículo que se puede utilizar para silenciar a los medios de prensa, según versiones noticiosas y un comunicado de la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP), con sede en Bogotá.

El Artículo 221A del proyecto de ley, que el CPJ revisó, faculta a los jueces para suspender o cancelar la personería jurídica de cualquier organización cuyos miembros injurien o calumnien a funcionarios, e incluso a exfuncionarios públicos.

En virtud de la Constitución colombiana, el presidente Duque tiene 20 días para aprobar u objetar el proyecto de ley.

“Colombia avanza por el rumbo equivocado: en lugar de eliminar las disposiciones penales sobre la difamación vigentes, sus legisladores han agregado una sanción adicional, la cual inclusive podría despojar de la personería jurídica a medios”, declaró Natalie Southwick, coordinadora del Programa de Latinoamérica y el Caribe del CPJ, desde Nueva York. “El presidente Iván Duque no debe aprobar el proyecto de ley anticorrupción hasta que se elimine el Artículo 221A, el cual es una descarada amenaza a la libertad de prensa”.

La coordinadora de Defensa y Atención a Periodistas de la FLIP, Raissa Carrillo, declaró al CPJ por aplicación de mensajería que ese artículo “no sólo crea un fuero especialísimo de protección para los funcionarios públicos [frente al escrutinio público], sino que además empuja a los medios a ser ellos los censuradores, para evitar el riesgo de ser cancelados”.

El Artículo 221A modifica el Código Penal colombiano, el cual ya establece sanciones penales para la injuria y la calumnia, facultando a las autoridades para suspender o cancelar la personería jurídica de organizaciones en casos en que las presuntas víctimas sean funcionarios públicos en ejercicio o en retiro.

“[E]n contravía del propósito del proyecto de ley, [el Artículo 221A] sofoca el debate público y crea un terreno fértil para la corrupción impidiendo a la prensa y a las organizaciones de sociedad civil cumplir su rol de perro guardián en una sociedad democrática”, declaró la FLIP en su comunicado.

Ayer, el presidente Duque tuiteó que “es un deber incuestionable la defensa de la libertad de prensa” y que “cualquier amenaza a ese principio debe ser objetada”.

El CPJ llamó a la Cámara de Representantes para obtener una declaración, pero nadie contestó al teléfono.