Ataques a la Prensa en 2001: CHILE

CHILE

Tras años de riñas, el Congreso chileno finalmente aprobó una Ley de Prensa que derogó algunas de las disposiciones sobre la difamación y la calumnia más draconianas del país. Ha habido una intensa presión internacional para que Chile elimine severas restricciones a la prensa de su sistema legal. Pero la prensa local también concede al presidente Ricardo Lagos el mérito de revivir las reformas, que estaban frenadas por funcionarios renuentes a renunciar a las leyes que los protegían de la crítica.

La ley derogó ciertas disposiciones de la tristemente famosa Ley de Seguridad del Estado de 1958, incluido el Artículo 6b, que penalizaba insultar a altos funcionarios. La ley también eliminó el Artículo 16, que autorizaba la suspensión de publicaciones y transmisiones, así como la incautación inmediata de publicaciones que fueran consideradas ofensivas; y el Artículo 17, que extiende la responsabilidad penal a los editores y las editoriales de las publicaciones ofensivas. A lo largo de la historia chilena, los tribunales militares han escuchado las demandas por difamación entabladas por militares contra civiles; la nueva ley revocó esa disposición.

La ley también derogó la Ley de Abusos de Publicidad de 1967, que facultaba a los jueces para prohibir la cobertura informativa de los procesos judiciales. Aunque este paso fue positivo, la derogación también restringió el derecho de los periodistas a informar acerca de la vida privada de una persona. Con la nueva ley de prensa, los periodistas que lo hagan podrán ser procesados de conformidad con el código penal, según J. Ignacio Correa Amunátegui, vicepresidente de la Asociación de Abogados por las Libertades Públicas. Un proyecto de ley que busca modificar estas onerosas disposiciones se encuentra estancado en el Congreso, dijo Correa.

Además, la ley de prensa mantiene el «desacato» como delito en el código penal e impone responsabilidad penal por la calumnia y la injuria. La ley también faculta al gobierno para determinar quién es periodista y quién no lo es. Y aunque la ley garantiza el derecho a proteger las fuentes, limita ese derecho a los periodistas «reconocidos», los estudiantes de periodismo que hacen las prácticas profesionales, los periodistas recién graduados de universidades acreditadas, los directores, los editores y los corresponsales extranjeros. La ley también especifica que uno debe tener título de periodismo para trabajar como portavoz o periodista de las instituciones estatales.

La aprobación de la nueva ley de prensa finalmente resolvió una de las demandas por difamación más tristemente célebres de Chile. Alejandra Matus, quien fue demandada en 1999 y huyó del país luego de que su denuncia contra el sistema judicial chileno, El libro negro de la justicia chilena, fuera prohibido de conformidad con la Ley de Seguridad del Estado, pudo regresar a Chile sin correr el riesgo de ser arrestada. También se ha permitido que su libro circule libremente.

No obstante, el caso de Matus aún sigue en trámite ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), radicada en Washington, mientras que varias disposiciones penales sobre la difamación siguen vigentes en Chile. El 23 de marzo, el CPJ introdujo un escrito de amicus curiae que apoyó la denuncia de Matus ante la comisión. El escrito instó a la Comisión a que recomendara la derogación por parte de Chile de los artículos cuestionados de la Ley de Seguridad del Estado, los que poco después fueron eliminados como parte de las reformas a la ley de prensa; y también recomendó que Chile adoptara la norma de «real malicia» para todos los casos de difamación que involucren a funcionarios públicos o figuras públicas.

El Consejo de Defensa del Estado (CDE) solicitó que Paula Afani, periodista del diario La Tercera, fuera sentenciada a cinco años de prisión por haber violado presuntamente la Ley de Drogas de 1995 con un artículo escrito en 1999 que trataba de una investigación gubernamental sobre el narcotráfico y el lavado de dinero. Afani también fue acusada conforme a la ya derogada Ley de Abusos de Publicidad por publicar fragmentos del expediente criminal secreto de la investigación. A principios de enero, a Afani le llegó la noticia de que había sido absuelta del primer cargo. Sin embargo, el CDE apeló la decisión y también introdujo un escrito ante la Corte Suprema de Justicia, Afani contó al CPJ.

El hecho de que sólo unas cuantas empresas —en especial COPESA y El Mercurio— sean propietarias de medios de comunicación continúa siendo un grave problema. La página de noticias de Internet El Mostrador.cl (www.elmostrador.cl), cuyo lanzamiento en el 2000 conmocionó a los medios, en su mayoría conservadores, capeó un año difícil y en noviembre se vio obligado a comenzar a cobrar una cuota a los usuarios. De cierto modo, El Mostrador fue víctima de su propio éxito. Según una fuente consultada por el CPJ, los atrevidos reportajes de la publicación digital obligaron a los medios convencionales a seguir sus pasos; y, dado que estos disponen de mejores recursos, ahora la prensa convencional se le adelanta con la primicia a la publicación digital que constantemente se les adelantaba en el 2000.

Mientras tanto, las noticias que tocan los intereses de los propietarios de los medios siguen siendo tema vedado. De acuerdo con un editor, «Si algunos empresarios se meten en el negocio de los medios, es porque quieren asegurarse de dos cosas: conseguir influenciar al público y evitar, a toda costa, noticias desfavorables a sus intereses económicos».