El CPJ saluda aprobación de ley de prensa en Congreso uruguayo

Nueva York, 11 de junio de 2009–El Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés) felicita al Congreso uruguayo por la aprobación el miércoles de un proyecto de ley que despenaliza el delito de difamación en casos de interés público referido a funcionarios y elimina cláusulas de desacato. El proyecto está ahora a consideración del Presidente Tabaré Vázquez para su promulgación.

La Cámara de Diputados de Uruguay, la cámara baja del parlamento, aprobó el proyecto de reforma de la ley de prensa que había recibido media sanción por parte del Senado en diciembre de 2008,  según informes de la prensa local. El proyecto modificó el Artículo 336 del código penal al eliminar sanciones penales en casos de interés público referido a funcionarios. El proyecto introduce el concepto de real malicia para determinar la responsabilidad en casos de difamación que involucran a funcionarios públicos, indicó la Asociación de la Prensa Uruguaya (APU).

“Felicitamos al Congreso uruguayo por reafirmar el derecho de los periodistas uruguayos a examinar la conducta de los funcionarios públicos”, señaló Carlos Lauría, coordinador senior del programa de las Américas del CPJ. “Exhortamos ahora al Presidente Vázquez a promulgar esta importante legislación”.

Otros cambios a la ley de prensa incluyen la derogación de una cláusula de desacato que imponía sanciones a quienes ofendieran a un dignatario extranjero o vilipendio a la bandera y emblemas nacionales. El proyecto fue redactado y apoyado por una coalición de organizaciones locales de la sociedad civil, incluyendo APU.

La reforma de la ley de prensa en Uruguay se produce un mes después de que Brasil eliminara la Ley de Prensa de 1967 que imponía duras penas por calumnias e injurias. El CPJ describió a la decisión del Supremo Tribunal Federal como un paso crucial en la campaña por la despenalización de la difamación en América Latina.   

La probación de la ley por parte de la legislatura uruguaya complementa un número creciente de cuerpos legales internacionales en el sentido de que los periodistas no deben ir a la cárcel por el delito de difamación. En septiembre de 2004, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictaminó en el caso del político paraguayo Ricardo Canese que la sentencia de difamación en su contra violó el derecho internacional. La Corte encontró que el proceso penal en sí mismo vulneró la Convención Americana sobre Derechos Humanos al ser una limitación “excesiva en una sociedad democrática”.

En agosto de 2004, en un fallo por el cual se revocó la sentencia por difamación del periodista costarricense Mauricio Herrera Ulloa, la Corte Interamericana sostuvo que los que critican a los funcionarios públicos deben tener “un margen de apertura a un debate amplio sobre temas de interés público“.   

Y en abril de 2007, el Presidente de México, Felipe Calderón Hinojosa, promulgó una ley que eliminó definitivamente la injuria y la calumnia a nivel federal, remitiendo las demandas relativas a estas causas a la jurisdicción civil. México se unió a El Salvador