Tribunal Constitucional en República Dominicana deroga parcialmente leyes penales sobre difamación

Nueva York, 25 de febrero de 2016 – Una decisión reciente del Tribunal Constitucional de la República Dominicana de derogar disposiciones penales sobre difamación es un paso adelante en la lucha para eliminar las leyes de difamación criminal en las Américas, señaló hoy el Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés). El CPJ insta a las autoridades dominicanas a poner fin a todas las sanciones penales sobre difamación.

En respuesta a una demanda presentada por el grupo independiente Fundación Prensa y Derecho y los directores de los periódicos Listín Diario, El Caribe y El Día, el Tribunal Constitucional invalidó siete artículos de la ley de la prensa de 1962 por infringir garantías constitucionales y de la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos, que la República Dominicana ratificó en 1978, según una declaración citada en los medios locales.

Cuatro de los artículos derogados el domingo criminalizaban la difamación de figuras públicas o instituciones del estado. Los otros tres artículos establecieron un sistema que la corte y la prensa denominan “responsabilidad en cascada”. Los editores son los responsables principales por materias difamatorias publicadas en sus medios, pero si en editor no puede ser identificado, la ley estipula que el autor es responsable, seguido por la impresora, el proveedor y el distribuidor. Al declarar estas últimas disposiciones inválidas, el tribunal confirmó y expandió una decisión de la Corte Suprema en 2013 que derogó uno de estos artículos, indicando que nadie debe ser responsable por las acciones de terceros.

“La decisión del Tribunal Constitucional de la República Dominicana de invalidar estas disposiciones es un paso positivo, pero no debe ser el último,” indicó Carlos Lauría, coordinador senior del programa de las Américas del CPJ. “Instamos a las autoridades dominicanas a continuar con su trabajo importante de eliminar todas las leyes restantes de difamación criminal”.

La ley de prensa y el código penal todavía prevén penalidades de hasta seis meses de prisión por difamación de individuos privados y hasta un año por difamación de grupos religiosos o raciales. Personas que difaman al presidente o a funcionarios extranjeros pueden enfrentar hasta un año en la prisión. En 2015, el Tribunal Constitucional derogó por razones de procedimiento un nuevo código penal que habría eliminado todas sentencias de prisión por difamación.

El CPJ ha documentado los peligros que las leyes de difamación presentan para la libertad de expresión y ha organizado campañas, junto con organizaciones asociadas, para eliminar estas leyes en todas las Américas. Mientras Jamaica es el único país en el hemisferio que ha derogado por completo las disposiciones sobre difamación criminal, México ha descriminalizado leyes de difamación a nivel federal, y Argentina eliminó leyes penales de injuria y calumnia en temas del interés público.

El CPJ presentará el 2 de marzo un informe especial preparado por la firma de abogados Debevoise & Plimpton LLP, en colaboración con la Fundación Thomson Reuters, sobre el estatus de las leyes de difamación criminal en las Américas en un panel de debate a realizarse en Lima, en cooperación con el Instituto Prensa y Sociedad (IPYS) de Perú.