Nueva York, 6 de abril de 2009–El congreso mexicano debe actuar con celeridad para aprobar una reforma constitucional que otorgaría a las autoridades federales jurisdicción sobre los crímenes contra la libertad de expresión, advirtió hoy el Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés). La Cámara de Diputados aprobó una medida la semana pasada que impone penas a los crímenes contra “la actividad periodística”, un paso que es alentador pero aún premilitar, indicó el CPJ.
“La ola sin precedentes de violencia en México inhibe el derecho fundamental de los mexicanos a expresarse libremente”, declaró Carlos Lauría, Coordinador senior del Programa de las Américas del CPJ. “Instamos a los líderes del congreso a mostrar su compromiso total con la protección a la libertad de expresión aprobando una enmienda constitucional que le daría a las autoridades federales el poder para atraer crímenes contra periodistas”.
Bajo la reforma del Artículo 73 de la Constitución mexicana, las autoridades federales tendrían facultades más amplias para investigar y procesar crímenes contra la libertad de expresión, una propuesta que fue aprobada el 18 de marzo por la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados. La Comisión de Justicia de la cámara baja está actualmente estudiando la enmienda, según fuentes del congreso. Se espera un voto ante el pleno de la cámara en las próximas dos semanas, y luego ante el Senado, revelaron las fuentes al CPJ.
El jueves pasado, el pleno de la Cámara de Diputados votó por 263 contra 0 para adicionarle al código penal federal sanciones por crímenes contra “la actividad periodística”. La medida impone penas de hasta cinco años de cárcel a cualquier persona que trate de “impedir, interferir, limitar o atentar contra la actividad periodística”. Las sentencias se aumentarían hasta en una mitad cuando el delito sea cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas. Las sanciones se impondrán con independencia de la que corresponda por la comisión de otro u otros delitos. La medida se encuentra ahora ante el Senado.
La actividad periodística está definida como “el ejercicio de buscar, recolectar, fotografiar, investigar, sintetizar, redactar, jerarquizar, editar imprimir, divulgar, publicar o difundir informaciones, noticias, ideas u opiniones para el conocimiento del público en general, a través de cualquier medio de comunicación, así como la distribución de éstas”. La legislación indica que “esta actividad puede realizarse de manera habitual o esporádica, remunerada o no y sin que necesariamente exista una relación laboral con un medio”.
“Ponderamos a la Cámara de Diputados por haber adoptado un paso en adelante en la lucha para poner fin a la impunidad en crímenes contra de la libertad de expresión”, señaló Lauría. “No obstante, la aprobación de nuevas sanciones no tendrá el efecto profundo que se necesita sin la adopción de una reforma constitucional”.
Las sesiones del Congreso concluyen en abril, y con elecciones previstas para julio, la mejor oportunidad para adoptar esta legislación es en las próximas cuatro semanas, explicó Lauría.
Según el informe anual del CPJ, Ataques a la prensa, México es uno de los lugares más peligrosos para periodistas en el mundo. Desde 2000, 25 periodistas han muerto, por lo menos ocho en represalia directa por su trabajo. Además, siete periodistas han desaparecido desde 2005. En junio de 2008, una delegación del CPJ se reunión con el Presidente Felipe Calderón, quien expresó apoyo a una legislación que protegería la libertad de expresión.
Según las investigaciones del CPJ, las autoridades locales y estatales mexicanas han sido ineficaces en su intento por resolver casos vinculados a la prensa, y en algunas ocasiones, han sido cómplices de los crímenes.