El CPJ insta a Fiscal General venezolano a abandonar investigación contra diario

Estimado Sr. Rodríguez:

El Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés), organización independiente y sin fines de lucro que se dedica a defender la libertad de prensa en todo el mundo, está sumamente preocupado por la investigación que la Fiscalía ha abierto contra el diario caraqueño El Universal tras la publicación de un editorial que criticaba al Ministerio Público y al Poder Judicial.

La Fiscalía ha invocado anacrónicas disposiciones sobre el desacato o vilipendio, que penalizan expresiones ofensivas dirigidas a funcionarios públicos e instituciones del Estado. Lo exhortamos a abandonar tal investigación, que tiene como fundamento normas que suprimen el derecho democrático fundamental de la libertad de expresión.

En la edición del 25 de julio, El Universal publicó un editorial en primera plana titulado “Justicia arrodillada”, que planteaba que el sistema penal se había politizado, que había perdido autonomía y que se caracterizaba por la ineficiencia. Como consecuencia, argumentaba el editorial, se había ido produciendo una deslegitimación del Ministerio Público y de los tribunales.

El 26 de julio, la Fiscalía emitió un comunicado de prensa donde rechazaba que el sistema de justicia estuviera politizado y acusaba a El Universal y a los medios venezolanos en general de incurrir en prácticas poco éticas y manipular el tratamiento informativo.

Al día siguiente, su despacho anunció que se había abierto una investigación penal para determinar si el contenido del editorial constituía un delito o no. En el editorial, según la Fiscalía, “se ofende y se expone al desprecio público y, presuntamente, se vilipendia al Ministerio Público y al Poder Judicial”.

Le recordamos que existe un consenso cada vez mayor entre los organismos internacionales en el sentido de que los funcionarios públicos deben estar sujetos a una mayor fiscalización y que éstos no deben gozar de mayor protección que el resto de la sociedad. En 1994, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con sede en Washington, D.C., publicó un informe que determinó que las leyes de desacato son incompatibles con el Artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ratificada por Venezuela, porque reprimen la libertad de expresión necesaria para el debido funcionamiento de una sociedad democrática. El informe recomienda a los estados miembros de la Organización de los Estados Americanos derogar tales leyes o reformarlas con el objeto de adecuarlas a los instrumentos internacionales.

La Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH, aprobada en octubre del 2000, expresa que “[l]os funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad. Las leyes que penalizan la expresión ofensiva dirigida a funcionarios públicos generalmente conocidas como ‘leyes de desacato’ atentan contra la libertad de expresión y el derecho a la información”. Aunque la Declaración de Principios de la CIDH no es un documento vinculante, constituye la interpretación de la CIDH respecto a las normas internacionales vigentes en materia de libertad de expresión.

Además, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en Costa Rica, sostuvo que las críticas a funcionarios públicos deben gozar de “un margen de apertura a un debate amplio respecto de asuntos de interés público”, de acuerdo con el fallo de agosto del 2004 que revocó la condena por difamación del periodista costarricense Mauricio Herrera Ulloa. Recientemente, otros países de las Américas como Honduras y Guatemala han derogado la figura del desacato del Código Penal o han suspendido la vigencia de las normas sobre desacato.

Lamentablemente, Venezuela se ha alejado del consenso internacional. El 15 de julio del 2003, el Tribunal Supremo de Justicia ratificó la figura del desacato en el Código Penal. Poco después del fallo, Eduardo Bertoni, Relator Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH, difundió un comunicado donde lamentaba la decisión y expresaba que las normas sobre desacato eran incompatibles con una sociedad democrática. El CPJ, así como otras organizaciones internacionales y venezolanas, también criticaron el fallo.

El 2 de diciembre del 2004, la Asamblea Nacional, controlada por el gobierno, adoptó reformas a 38 artículos del Código Penal venezolano. Los artículos modificados ampliaron las categorías de funcionarios gubernamentales —para que incluyeran, entre otros, al Fiscal General— protegidos por las normas sobre desacato. Las normas sobre desacato modificadas entraron en vigencia en marzo del 2005.

Si bien los medios venezolanos hasta ahora han podido ejercer ampliamente la crítica a las instituciones de gobierno, la investigación penal contra El Universal sólo sirve para intimidar a los críticos del gobierno. Las normas sobre desacato limitan el derecho básico de la libertad de expresión en una sociedad democrática. Lo instamos a reconsiderar la decisión de abrir una investigación penal contra El Universal.

Desde ya le agradecemos por la atención dispensada a este asunto y quedamos a la espera de una respuesta.

Sinceramente,


Ann Cooper
Directora Ejecutiva

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