PANAMÁ: Autoridades tratan de imponer estricto régimen de licencias de prensa

Nueva York, 11 de abril de 2002 — Un proyecto de ley de prensa panameño contiene una alarmante disposición que exigiría a todos los periodistas del país tener licencia para ejercer el periodismo.

La iniciativa legislativa se encuentra ante la Asamblea Legislativa. Paralelamente, un organismo gubernamental anunció que multaría a los infractores de una ley en vigencia que impone la solicitud obligatoria de licencias a los locutores de radio y televisión.

En marzo, la Comisión de Comunicación y Transporte de la unicameral Asamblea Legislativa comenzó a debatir un proyecto de ley que sólo reconocería como periodistas a los que posean título universitario de Periodismo.
El proyecto de ley también crearía un Consejo Supremo del Periodismo que expediría carnés de identidad a los periodistas locales y corresponsales extranjeros acreditados, e impondría «sanciones morales» a todo el que el consejo considerara violase la ética periodística. El consejo estaría compuesto por representantes de organizaciones de prensa locales, según versiones de la prensa panameña.

Otra disposición estipula que los extranjeros sólo pueden trabajar como periodistas en Panamá por períodos de un año y en el supuesto de que no haya panameños que puedan ocupar los puestos, dijeron fuentes locales al CPJ.

El proyecto de ley fue redactado por el Sindicato de Periodistas de Panamá y entregado a la Comisión de Comunicación y Transporte en septiembre de 2001, según el presidente de la comisión, Denis Arce Morales. Un funcionario del sindicato de prensa integrará el Consejo Superior del Periodismo, según Arce.

Arce reconoció que el proyecto de ley era controvertido y sostuvo que la comisión solicitaría las opiniones de las partes interesadas, entre ellas los periodistas locales que carezcan de título de Periodismo.

En 1985 la Corte Interamericana de Derechos Humanos, radicada en Costa Rica, dictaminó que las leyes que exigen la colegiación obligatoria de los periodistas violan la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Leyes mordaza
Panamá goza de triste fama por su amplia gama de restrictivas disposiciones relativas a la prensa y que son mejor conocidas como «leyes mordaza». En 1999, luego de intensas presiones nacionales e internacionales contra el gobierno de la presidenta Mireya Moscoso, la Asamblea Legislativa aprobó una ley que revocó varias de estas medidas, entre ellas la Ley 68, ley heredada de la dictadura militar y que facultaba al gobierno para otorgar licencias a los periodistas.

El gobierno estaba obligado a presentar un proyecto de ley en seis meses que se esperaba pusiera las leyes de prensa panameñas a la altura de las normas internacionales. Sin embargo, el gobierno no ha cumplido con esta obligación. Por el contrario, altos funcionarios del gobierno, entre ellos la presidenta Moscoso, han utilizado las leyes mordaza que aún siguen vigentes para justificar demandas penales por difamación contra periodistas panameños.

Arce alegó que la Asamblea Legislativa se sintió obligada a estudiar el proyecto de ley del sindicato de prensa porque el gobierno no presentó un proyecto de ley de prensa propio. «Nos tomamos muy en serio la libertad de expresión y la comisión no quiere hacer nada que lesione este derecho», señaló Arce.

«Las personas deben poder ejercer el periodismo tengan o no título de periodismo», declaró Ann Cooper, directora ejecutiva del Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés). «Un sistema de licencias de prensa compromete la libertad de expresión al permitirle a un grupo limitado decidir quién puede ejercer este derecho universal y quién no».

Restricciones adicionales
El decreto 189 de 1999 ya impone la licencia obligatoria a los locutores de radio y televisión de Panamá. El Cuerpo Regulador de Servicios Públicos ha anunciado que comenzará una campaña contra los infractores de la ley.

El respetado periodista radial, columnista y profesor universitario Miguel Antonio Bernal refirió al CPJ que el 1 de abril funcionarios declararon que el programa de radio de Bernal, «Alternativa», sería suspendido a menos que solicitara una licencia ese mismo día.

Fuentes del Cuerpo Regulador de Servicios Públicos dijeron al CPJ que habían solicitado a todos los propietarios de los medios que entregaran una lista de todos sus locutores antes del 1 de abril.

Las radioemisoras están sujetas a multas de hasta 500 dólares estadounidenses diarios por cada locutor sin licencia que salga al aire. Los canales de televisión pueden ser multados hasta 25 000 dólares estadounidenses diarios por la misma infracción.
Desde que se adoptó el Decreto 189, los requisitos para la licencia de locutor han estipulado la asistencia a un seminario de seis semanas abierto a quienes hayan completado por lo menos cuatro semestres de cualquier programa de estudios superiores. Se han entregado más de 2000 licencias de conformidad con este sistema, según fuentes oficiales.

De ahora en adelante, según la fuente, los locutores deberán o bien tener título universitario en una especialidad afín o bien asistir a un curso de ocho meses en la Universidad de Panamá. El curso debe de comenzar en junio del presente año.

FIN

Exit mobile version