Perú: El CPJ Protesta el Arresto del Ex-gerente de una Estación de Televisión como parte de una campaña en contra de La Prensa Independiente

June 24,1999

Su Excelencia
Alberto Fujimori
Presidente de la República del Perú
Lima, Perú

Su Excelencia,

El Comité para la Protección de Periodistas (CPJ) condena enérgicamente el arresto y encargatoria de reo de Julio Sotelo Casanova ocurridos el 18 de junio. Sotelo es el ex-gerente general de Frecuencia Latina-Canal 2. El CPJ considera que el encarcelamiento de Sotelo es una evidencia más de la campaña sistemática que existe en contra de la prensa independiente en el Perú.

El 18 de junio, el Juez Nicolás Trujillo López del Juzgado Penal Especializado en Delitos Tributarios y Aduaneros, determinó que Sotelo era culpable de fraude y alteración ilegal de documentos corporativos. Sotelo fue acusado de haber transferido ilegalmente en 1997 acciones de Frecuencia Latina-Canal 2 de Baruch Ivcher, el accionista mayoritario, a sus cuatro hijas.

En julio de ese año, a Ivcher, nacido en Israel, le fue cancelada su ciudadanía peruana y como resultado quedó legalmente inabilitado para ser dueño de un canal de televisión de acuerdo a la legislación del Perú. Como hemos argumentado en cartas anteriores, creemos que dicha acción fue tomada como represalia por los reportajes de investigación de Frencuencia Latina-Canal 2, algunos de los cuales sindicaban a los servicios de inteligencia peruanos como responsable de grabar conversaciones telefónicas entre periodistas y miembros de la oposición. Ivcher ahora vive en exilio en Estados Unidos e Israel. Los cargos contra Sotelo fueron presentados por los accionistas minoritarios Mendel y Samuel Winter quienes actualmente ejercen control mayoritario de la estación.

Sotelo está recluido en el penal de San Jorge en espera de una determinación sobre su petición para ser trasladado a un hospital donde pueda recibir tratamiento médico. La sentencia en su contra fue apelada ante la Sala Corporativa de Delitos Tributarios y Aduaneros.

El CPJ cree que la decisión contra Sotelo carece de mérito. De acuerdo con la información disponible, ha quedado claramente establecido que las hijas de Ivcher son accionistas legales de Frecuencia Latina-Canal 2 desde 1994. Y en cualquier caso, el encarcelamiento es una sanción sin predecente para el tipo de crimen del que Sotelo es acusado. Por tanto, dicha acción no puede sino ser considerada como una advertencia para Ivcher y sus asociados. En nuestra opinión, la sentencia contra Sotelo es una evidencia más de la campaña de persecución política cuyo objetivo es amedrentar el periodismo investigativo en el Perú.

De hecho, hemos estado revisando documentos presumiblemente producidos por los servicios de inteligencia peruanos que evidencian la existencia de una campaña de acosamiento sistemático e intimidación contra periodistas independientes. Un memorándum, enviado al director del Servicio de Inteligencia del Ejército, titulado Periodistas II, dice, “los periodistas en investigación serán investigados uno por uno y seguidos hasta que lleguen a su trabajo y domicilio, sin olvidar ningún detalle referente a trabajos especiales que ellos realicen.” Otro memor‡ndum, con fecha del 24 de junio de 1997, señala que el objetivo de Frecuencia Latina-Canal 2 es “perjudicar a los trabajos realizados por el Gobierno y el EjŽrcito a nivel nacional e internacional” y “sacar de su puesto al actual Presidente de la República Alberto Fujimori.”

Como es de conocimiento de Su Exelencia, el CPJ lo nombró uno de los Diez Máximos Enemigos de la Prensa el recién pasado 3 de mayo-Día Mundial de la Libertad de Prensa. Desde tal fecha no hemos visto señales de mejoría en la situación de los periodistas independientes del Perú.

De acuerdo a evidencia que tenemos en nuestro poder, creemos que el sitio de Internet de la Asociación Pro Defensa de la Verdad (APRODEV) fue creado bajo la protección de los servicios de inteligencia peruanos con la sola intención de difamar periodistas y opositores del gobierno. Después que el Vigésimo Juzgado Penal de Lima determinó el 11 de mayo que APRODEV debía retirar los artículos difamatorios, las dos juezas que llevaron el casoÑGreta Minaya y Antonia Saquicuray del Vigésimo y Cuatrigésimo Séptimo Juzgado Penal de Lima, respectivamenteÑfueron destituidas de sus cargos. (Sotelo, como representante de Ivcher, fue una de las personas que presentó los cargos de difamación contra APRODEV.)

Después de que el Instituto de Prensa y Sociedad (IPYS) promoviera acciones legales contra los responsables por la publicación de los artículos difamatorios en el sitio de APRODEV, el correo electrónico de IPYS fue deliberadamente saboteado de acuerdo a información técnica.

El 31 de mayo una nueva publicación comenzó a ser distribuida en la ciudad de Lima. Con el nombre de Repúdica, el pasquín evidenciaba clara referencia al diario La República. Aparentemente el único objetivo de Repúdica es difamar a periodistas y miembros de la oposición. Dicha publicación se une a otros tabloides, como El Tío, que en los últimos meses ha publicado incesantemente artículos difamatorios sobre el director de La República y político de oposición Gustavo Mohme Llona. Dada la evidencia anteriormente disponible de que los servicios de inteligencia peruanos estaban detr´s de la publicación de esos tabloides, sospechamos también que hay participación del gobierno en la publicación de Repúdica.

Cuando el CPJ se reunió con Su Excelencia hace un año, el 23 de junio de 1998, usted nos prometió investigar la existencia de una supuesta campaña en contra de periodistas independientes. Hasta la fecha no hemos recibido ningun tipo de información sobre los resultados de la investigación pese a nuestras repetidas peticiones. Debido a la evidencia de una campaña orquestada contra la prensa independiente, y porque usted no ha cumplido los compromisos hechos con nosotros para investigar abusos anteriores, consideramos a Su Excelencia reponsable por el acoso legal, amenazas e intimidación existentes contra la prensa independiente.

Le solicitamos encarecidamente que tome las medidas necesarias para lograr la inmediata libertad de Sotelo, y que tome las medidas necesarias para asegurarse de que Sotelo no sea condenado por los cargos injustamente presentados en su contra.

Atentamente,

Ann K. Cooper
Directora Ejecutiva


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