Corte Interamericana anula sentencia de difamación en Costa Rica; el CPJ saluda la decisión

Nueva York, 4 de agosto del 2004—El Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés) saluda la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de anular la sentencia contra el periodista de Costa Rica Mauricio Herrera Ulloa, reportero del matutino La Nación de San José, que fue procesado penalmente por el delito de difamación en 1999.

La Corte Interamericana, con sede en San José, la capital de Costa Rica, informó hoy del fallo a La Nación. La decisión tiene fecha del 2 de julio.

El fallo anula la sentencia del 12 de noviembre de 1999 contra Herrera Ulloa, argumentando que el estado «violó el derecho a la libertad de pensamiento y de expresión consagrada en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.»

La Corte Interamericana también ordenó a Costa Rica a pagarle a Herrera Ulloa 20 mil dólares estadounidenses por concepto de reparación del daño inmaterial, y 10 mil dólares estadounidenses para su defensa legal. El gobierno de Costa Rica dijo que respetará el fallo de la Corte Interamericana, informó La Nación.

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Antecedentes
El 12 de noviembre de 1999, el Tribunal Penal de Juicio del Primer Circuito Judicial de San José condenó a Herrera Ulloa por el delito de difamación. La querella contra Herrera Ulloa se derivó de una serie de artículos periodísticos de 1995 que él había escrito para La Nación y que citaban notas de medios europeos en los que se le imputaban actos de corrupción al ex diplomático costarricence Félix Przedborski. El Tribunal Penal le ordenó a Herrera Ulloa que pagara a Przedborski una multa equivalente a 120 días de sueldo. Como consecuencia de ello, el nombre del periodista quedó inscrito en el Registro Judicial de Delincuentes.

Además, a La Nación y a Herrera se les ordenó pagar los honorarios legales de la parte demandante y 60 millones de colones (200 mil dólares estadounidenses) por concepto de daños y perjuicios. Por último, el tribunal dispuso que La Nación publicara fragmentos del fallo y que eliminara todos los enlaces de su página de Internet que pudieran guiar a los lectores a los artículos ofensivos.

Al rechazar la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica la apelación de La Nación en enero del 2001, el diario y el periodista introdujeron una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con sede en Washington, D.C. Tanto la CIDH como la Corte Interamericana son entidades de la Organización de los Estados Americanos (OEA).

El 3 de febrero del 2003, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) elevó el caso a la Corte Interamericana, y solicitó la anulación de la sentencia contra Herrera Ulloa con el argumento de que viola el derecho a la libertad de expresión del periodista como establece la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 19 de febrero del 2004, una delegación del CPJ presentó un escrito amicus curiae ante la Corte Interamericana en apoyo a Herrera Ulloa. El equipo de asesoría jurídica que trabajó en el escrito estuvo conformado por los abogados de Debevoise & Plimpton LLP James C. Goodale, Jeremy Feigelson, Erik Christopher Bierbauer, Pablo J. Valverde y Ellen Hochberg.

En el escrito, el CPJ destaca que «la posibilidad de debatir los actos de los funcionarios públicos es la piedra angular de la democracia. Dado que los artículos del Sr. Herrera Ulloa informaban sobre la conducta de un funcionario público y sobre cuestiones de interés público, los mismos ameritan la mayor protección posible bajo el Artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos».

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FIN