Comentarista de televisión absuelto del delito de desacato

Nueva York, 4 de abril del 2003—La Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, en Chile, revocó la condena del comentarista de televisión Eduardo Yánez, quien fue sentenciado por desacato a comienzos de año.

El miércoles 2 de abril, la corte de apelaciones dictaminó que «aún cuando los dichos de Yánez se podrán calificar de desmedidos, groseros o ignorantes, no constituyen el delito de desacato».

Yañez, quien también es empresario y activista del medio ambiente, fue condenado por desacato el 31 de enero, cuando el juez Juan Manuel Muñoz Pardo le impuso una pena de dos meses de prisión remitida y una multa de 460 dólares estadounidenses. A Yáñez se le requirió entonces comparecer ante la Gendarmería chilena cada dos meses.

La sentencia deriva de un episodio de noviembre del 2001 del programa de debates «El Termómetro», de la cadena Chilevisión, en el que Yáñez describió al sistema judicial de su país como «inmoral, cobarde y corrupto» por su desempeño en el caso de una mujer que había sido encarcelada por un crimen que no cometió. La Corte Suprema de Justicia de Chile acusó entonces a Yáñez por desacato.

Yáñez le señaló al CPJ que su absolución es un «paso adelante en términos de libertad de expresión» en Chile, pero agregó que «el Congreso debe eliminar el delito de desacato». En septiembre del 2002, el gobierno del presidente Ricardo Lagos presentó un proyecto de ley para modificar varios artículos del Código Penal y del Código de Justicia Militar que imponen sanciones penales por «insultar el honor o la dignidad» de los funcionarios públicos.

Para más información acerca de la situación de la libertad de prensa en Chile, visitar www.cpj.org. El CPJ es una organización independiente sin ánimo de lucro radicada en Nueva York, y se dedica a defender la libertad de prensa en todas partes del mundo.