Panelista de televisión sentenciado por desacato

Nueva York, 5 de febrero del 2003—El Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés) está profundamente alarmado por una decisión de la justicia chilena que condenó al comentarista de televisión Eduardo Yáñez a dos meses de reclusión remitida.

El viernes 31 de enero, el juez Juan Manuel Muñoz condenó a Yáñez, panelista del programa de debates “El Termómetro” de la cadena Chilevisión, por el delito de desacato, bajo el Artículo 263 del Código Penal. Yánez no deberá cumplir la pena en prisión pero estará obligado a comparecer ante la Gendarmería, el organismo encargado de la custodia de presos. Además, el magistrado ordenó al comentarista de TV a pagar una multa de 460 dólares estadounidenses.

La sentencia proviene de un episodio de “El Termómetro” de noviembre del 2001 en el que Yáñez describió al sistema judicial de su país como “inmoral, cobarde y corrupto” por su desempeño en el caso de una mujer que, como se reveló durante el programa de televisión, había sido encarcelada por un crimen que no cometió. La Corte Suprema de Justicia de Chile acusó entonces a Yáñez por desacato.

Yáñez, que también es hombre de negocios y activista del medio ambiente, dijo al CPJ que la decisión judicial sienta un mal precedente para la libertad de expresión en Chile. Además, añadió que apelará la decisión ante la Corte de Apelaciones de Santiago, la capital de Chile.

De acuerdo a informes de la prensa local, el juez Juan Manuel Muñoz consideró que Yáñez cometió el delito desacato al emitir “expresiones vejatorias y oprobiosas destinadas a provocar descrédito o menosprecio de una institución de carácter público”.