Prefacio
Introducción
Balance Regional: Las Américas
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REPÚBLICA DOMINICANA

Los medios de la República Dominicana no enfrentaron significativas restricciones por parte del gobierno dirigido por el mandatario Hipólito Mejía en el 2002. Sin embargo, un proyecto de ley concebido para adecuar las leyes de prensa a las normas internacionales y mejorar el acceso a la información se estancó nuevamente en el Senado.

La medida, que modificaría la Ley de Expresión y Difusión del Pensamiento de 1962, ingresó nuevamente en la Cámara de Diputados a fines de febrero y fue aprobada en marzo. El presidente Mejía había presentado por primera vez el proyecto en septiembre del 2000, y el Senado sancionó la ley en julio del 2001, pero el plazo para su tratamiento en la Cámara de Diputados venció. En el 2002, por el contrario, la medida se originó en la Cámara de Diputados, que aprobó la ley y la entregó al Senado para que la analizara. A fines de año, esa cámara aún no había sometido a voto la medida, lo cual significa que el proyecto quizás deba presentarse de nuevo en el 2003.

El proyecto de ley aborda el derecho a la libre expresión, garantizado por el Artículo 8 de la Constitución dominicana. Organizaciones de prensa locales, ejecutivos de los diarios, y expertos en temas legales propusieron la iniciativa, que describe las condiciones según las cuales debería otorgarse acceso a la información manejada por el Estado. El proyecto, no obstante, no despenaliza la difamación, la cual puede ser sancionada con multas y penas de prisión de hasta seis meses.

En abril, la prensa dominicana informó que el Colegio Dominicano de Periodistas (CDP), estaba redactando un proyecto de ley para reformar la Ley 10-91, que autoriza la fundación de la organización. En esa época, el diario Hoy citó declaraciones del presidente del CDP, Oscar López Reyes, en las cuales éste afirmaba que el proyecto de ley no exigía a los periodistas inscribirse en el CDP para poder ejercer el periodismo. Sin embargo, la medida sí obliga a los periodistas a poseer título universitario en periodismo. (En una decisión de 1985, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en Costa Rica, resolvió que las leyes sobre la colegiación obligatoria de periodistas violan la Convención Americana sobre Derechos Humanos.)

En noviembre, un tribunal de apelaciones anuló las sentencias de tres hombres que habían sido condenados en el 2000 por el asesinato del periodista Orlando Martínez Howley, ocurrido en 1975, alegando que se habían cometido errores de procedimiento durante el juicio. El tribunal de apelaciones ordenó que los acusados recibieran un nuevo juicio. En agosto del 2000, un juez había sentenciado a Joaquín Pou Castro, general retirado de la fuerza aérea, y a dos cómplices, a 30 años de prisión y les ordenó pagar una multa de 5 millones de pesos (300 mil dólares estadounidenses) por el asesinato de Martínez. Según la familia y los amigos de Martínez, el periodista fue asesinado porque sus artículos periodísticos habían provocado el enojo del entonces presidente Joaquín Balaguer. Balaguer, quien fue citado a declarar en el juicio pero se negó a testificar debido a su estado de salud, murió en julio del 2002.

Entretanto, las investigaciones acerca de la desaparición en mayo de 1994 del columnista y académico Narciso González seguían estancadas a fines de año. González, duro crítico del gobierno y de los militares dominicanos, «desapareció» luego de haber criticado públicamente las cuestionadas elecciones que llevaron a Balaguer de nuevo al poder en 1992.